ASEGURADO: Persona física o moral a nombre de quien se expide la póliza. También se define como la persona o cosa sobre quien se constituye el riesgo.
ASEGURADOR: Personal moral que mediante la formalización de un contrato de seguro asume las consecuencias dañinas producidas por un evento especificado en la póliza.
BENEFICIARIO: Es la persona que sin ser parte del contrato es designada para recibir el beneficio consignado en la póliza.
COASEGURO: Se da este nombre a la participación, generalmente en porcentaje, del asegurado en el importe de una reclamación que resulta de haber restado primero el deducible.
COBERTURA: Protección que otorga la aseguradora contra los riesgos consignados en la póliza. Es el comprimido aceptado por la aseguradora en virtud del cual se hace cargo de las consecuencias económicas adversas derivadas de un siniestro.
CONTRATANTE: Persona física o moral que celebra el contrato y que puede ser el propio asegurado o un tercero que contrate por cuenta de él.
COPAGO: Únicamente en los seguros de salud existe el copago y consiste en una pequeña cantidad de dinero que paga el asegurado directamente al proveedor de la red de servicios médicos cuando requiere de estos servicios.
CUOTA: Es la tasa que se aplica generalmente por cada mil o por cada cien pesos de suma asegurada y refleja la peligrosidad específica de cada riesgo, el cual ha sido observado estadísticamente, registradas la frecuencia con la que se ha realizado, la intensidad, el impacto financiero y las posibilidades de realización en el futuro.
DEDUCIBLE: Cantidad que deduce la aseguradora del importe de una reclamación, o sea, cantidad que queda a cargo del asegurado.
ENDOSO: Documento que se adiciona al contrato principal (póliza) y lo modifica.
EVENTO: Acontecimiento. En seguros es sinónimo de siniestro.
FORTUITO: No esperado. Se designa así al consentimiento sucedido sin intervenciín de la voluntad humana o cuando interviene ésta y los resultados producidos son distintos a los mencionados.
PÓLIZA: Documento expedido y firmado por la aseguradora que instrumenta el contrato de seguro.
PRIMA: Costo de la protección que otorga la aseguradora y que se obtiene multiplicando la cuota por la suma asegurada, al producto se deben agregar el impuesto, gastos de expedición y recargos por pago fraccionado para obtener el total del costo del seguro.
RAMO: Se denomina ramo a un conjunto de riesgos de características o naturaleza semejantes. Por ejemplo: ramo de transportes, automóviles, vida, etc.
RENOVACIÓN: Acto por el cual, por acuerdo expreso o táctico entre las partes contratantes, las condiciones bajo las cuales se suscribió la póliza, se extienden por un nuevo período de cobertura igual al que acaba de terminar.
RIESGOS: En el ámbito de seguros entendemos por riesgo la posible ocurrencia, por azar, de un acontecimiento que produce una necesidad económica y cuya aparición real o existencia se previene y garantiza en una póliza y obliga al asegurador a efectuar la prestación, normalmente indemnización, que le corresponde.
Las características del riesgo son las siguientes:
- Incierto o aleatorio.
- Posible.
- Concreto.
- Lícito.
- Fortuito.
- Contenido económico.
SUMA ASEGURADA: Es la cantidad de dinero fijada por el asegurado que delimita la responsabilidad máxima de la aseguradora, sin embargo, no es prueba de la existencia de los bienes ni de que efectivamrnte tengan el valor fijado.
SOLICITUD U ORDER: Documento mediante el cual el probable cliente propone a la aseguradora la celebración de un contrato de seguro.
VIGENCIA: Período de tiempo que delimia el inicio y el término de la protección otorgada por la aseguradora y consignada en la póliza.