Es una convención por la cual un tercero toma sobre sí el cumplimiento de la obligación ajena para el caso de que no la cumpla el que la contrató.
Ejemplos:
Con esta fianza se garantiza que el concursante sostenga los precios y las condiciones que ha establecido él mismo en la propuesta.
Esta fianza garantiza que el dinero otorgado como anticipo sea invertido en la obra o equipos señalados en el contrato o que se devuelva al beneficiario.
Esta fianza garantiza que los trabajos contratados sean realizados en el tiempo y forma, con las características o cantidades estipuladas en el contrato, convenio, pedido etc. Usualmente el monto es por el 10% del importe del contrato.
Garantiza la buena calidad de los bienes construidos e instalados por la compañía constructora y la reparación de vicios ocultos que sean responsabilidad del contratista, y que pudieran aparecer después de haber entregado la obra. Usualmente el monto es por el 10% del importe del contrato.
En las fianzas de fidelidad la institución afianzadora se obliga a reparar el daño derivado de la comisión de un delito de carácter patrimonial cometido por un empleado contra bienes del patrón o de aquellos de los que este sea jurídicamente responsable.
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