Paquete de coberturas de protección al patrimonio destinado a los vehículos de una familia o empresa.

¿Qué cubre?

El seguro de autos, camiones y motocicletas es un paquete de coberturas destinado a proteger el patromonio que ha destinado una familia o una empresa a sus vehículos, y al mismo tiempo cubrir la necesidad de protección en el caso de que sean responsables ante terceros de algún accidente.

Coberturas

Daños materiales

Esta cobertura se extiende a cubrir los daños materiales que sufra el vehículo a consecuencia de:

  • Colisión y vuelcos.
  • Rotura de cristales.
  • Incendio, rayo y explosión.
  • Ciclón, granizo, terremoto, erupción volcánica, alud, derrumbre de construcciones, caída de árboles, e inundación.
  • Daños que sufra por personas que tomen parte en huelgas, alborotos populares, o personas mal intencionadas, durante la realización de tales actos o bien ocasionados por las medidas de represión por autoridades reconocidas.
  • Daños que sufra el vehículo cuando sea transportado en cualquier medio, así como contribución por avería gruesa.

Robo total

Ampara el robo total de vehículo y las pérdidas o daños materiales que sufra a consecuencia de su robo.

Responsabilidad Civil

También conocida como daños a terceros, con esta cobertura se ampara cualquier daño incluído el daño moral consecuencial, que con el vehículo asegurado causemos a un tercero, ya sea en sus bienes o en sus personas, incluyendo la muerte.

Gastos médicos de los ocupantes

Cubre el pago de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicinas, atención médica, enfermeras, ambulancia y gasto de entierro por lesiones corporales que sufra cualquier ocupante de vehículo asegurado en accidente de tránsito mientras se encuentre dentro del comportamiento o caseta destinados al transporte de personas.

Defensa jurídica o asistencia legal

Es una caución en la modalidad de fianza que integrada a una cobertura de automóviles nos garantiza la liberación del vehículo y del conductor en cado de que en un accidente imprudencial cauce lesiones corporales o la muerte a terceras personas, o bien cause daños a las vías generales de comunicación como son: carreteras, puentes, lines de alumbrado, etc.

Servicios de asistencia

Dependiendo la compañía aseguradora se tiene derecho a un determinado número de asistencias vehiculares al año como lo son: transportación del auto con grúa, paso de corriente o gasolina, cambio de llanta, etc.

Beneficios Adicionales

Responsabilidad Civil por daños a ocupantes

Cuando en la carátula de la póliza conste la contratación de esta cobertura, la compañía se obliga a pagar los daños efectivamente causados a la o las personas que viajen en el vehículo asegurado, derivado de un hecho de tránsito terrestre que no se encuentre expresamente excluído por el contrato, mientras el lesionado se encuentre viajando dentro del compartimiento, caseta o cabina destinada al uso de transporte de pasajeros. Esta cobertura aplicará exclusivamente cuando el asegurado o conductor del vehículo sea determinado como responsable del siniestro por la autoridad competente. Esta cobertura ampara exclusivamente el daño corporal que resulte en una incapacidad total permanente, parcial permanente, total temporal, parcial temporal, o la muerte como lo establece la Ley federal del Trabajo en su título noveno y demás relativos.

Automóvil sustituto

En el caso de pérdida total por daños materiales, y habiendo contratado previamente esta cobertura, la compañía de seguros indemnizará en adición una suma asegurada para gastos de transportación.

ANA Compañia de Seguros

Opera únicamente en pérdida total por robo. Habiendo contratado previamente la cobertura, ANA compañía de seguros ofrecerá en arrendamiento un vehículo de similares características al afectado, con la arrendadora que la compañía designe por un periodo de 20 a 25 días dependiendo del tipo de vehículo. El automovil será entregado dentro de las 48 horas siguientes a la comunicación por escrito de la compañía determinando el siniestro como pérdida total.

Extensión de coberturas

Te ofrecemos la extensión de coberturas en Responsabilidad Civil.C. y Defensa jurídica que te cubre como conductor de otro vehículo de las mismas características al asegurado.

La extensión de cobertura en gastos médicos a ocupantes a consecuencia de un accidente, te cubre como conductor, ocupante pasajero y hasta como peatón en lesiones sufridas a consecuencia de un accidente de tránsito.

Muerte Accidental e Invalidez

La compañía cubrirá el pago de la suma asegurada especificada en la carátula de la póliza como consecuencia de muerte o invalidez total y permanente del asegurado o conductor habitual designado en la carátula de la póliza en accidente automovilístico con el vehículo asegurado. Para efectos de esta cláusula se establece como incapacidad total y permanente cuando las funciones y aptitudes físicas del asegurado disminuyan más allá del 65% (sesenta y cinco por ciento) conforme a la tabla de valuación establecida por la Ley Federal del Trabajo en su artículo 514 y demás relativos. Para el caso de las incapacidades, el lesionado deberá someterse a un examen médico por los peritos designados por la compañía aseguradora.

No pago de deducible por pérdida parcial

Cuando en la carátula de la póliza se haga constar la contratación de la cobertura, y que por causa de un accidente o colisión amparado por este contrato en la cobertura de daños materiales y el monto de los daños del vehículo asegurado es igual o superior al deducible contratado, la compaía no aplicará el deducible correspondiente.

No pago de deducible por pérdida total

Cuando en la carátula de la póliza se haga constar la contratación de la cobertura el asegurado obtendrá el beneficio de la eliminación del deducible cuando su automóvil sea determinado como pérdida total en la cobertura de daños materiales.

Adicionalmente en ANA compañía de seguros se elimina el deducible en daños materiales por los siguientes casos:

Cuando en la carátula de la póliza se haga constar la contratación de la cobertura el asegurado obtendrá el beneficio de la eliminación del deducible cuando su automóvil sea determinado como pérdida total en la cobertura de daños materiales.

  • Ciclón, huracán, granizo, terremoto, erupción volcánica, alud, derrumbe de tierra o piedras, caída o derrumbe de contrucciones, edificacioens, estructuras o otros objetos, caída de árboles o sus ramas e inundación.
  • Actos de personas que tomen parte en paros, huelgas, disturbios obreros, mítines, alborotos populares, motines, o personas mal intencionadas durante la realización de tales actos, o bien ocasionados por las medidas de represión tomadas por las autoridades legalmente reconocidas con motivo de sus funciones que intervengan en dichos actos.
  • Transportación, varadura, hundimiento, incendio, explosión, colisión o vuelco, descarrilamiento o caída del medio de transporte en el que el vehículo sea conducido; caída del vehículo durante las maniobras de carga, transbordo o descarga, así como la contribución por avería gruesa o por cargos de salvamento.
  • Los daños al interior de robo de parte o accesorios que se encuentren instalados dentro del vehículo, no incluye partes o accesorios, ni los daños causados por penetrar al interior del vehículo.

*Siempre y cuando rebase el monto del deducible.

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